ESTATUTO
DEL MOVIMIENTO
EN
LA DIÓCESIS DE CATAMARCA
CAPÍTULO
I
Denominación y Definición
Denominación
CLÁUSULA
PRIMERA: Movimiento Católico Palestra. La mística de este Movimiento,
está basada en la vida del apóstol San Pablo; toma su nombre y se
inspira en el contenido de la palabra “Palestra”,
de origen griego que designaba el estadio donde se realizaban los Juegos
Olímpicos. San Pablo compara la vida y la lucha del cristiano en estos términos: “¿No saben que en las carreras del estadio -Palestra- todos corren mas sólo uno
recibe el premio?. ¡ Corran de manera que lo consigan!” (1 Cor 9,24)
Definición
CLÁUSULA
SEGUNDA: Palestra es un Movimiento Católico que busca la promoción,
concientización y formación de jóvenes líderes y dirigentes evangélicos,
que fortalecidos en una constante vivencia eclesial de Cristo, participen
en la Misión de la Iglesia.
El
espíritu palestrista busca la liberación del hombre y la liberación de
todos los hombres, basado en el pensamiento de la Biblia, en la mística
de San Pablo y en el entusiasmo creador de la juventud.
CAPÍTULO
II
Miembros que lo componen
CLÁUSULA
TERCERA: Son integrantes del
Movimiento, todas las personas que asistan al Período Iniciador o las que
hayan participado de un Período Motivador y que se identifiquen con el
carisma y la espiritualidad de San Pablo Apóstol.
CLÁUSULA
CUARTA: Son requisitos para su admisión ser bautizados y profesar la Fe
católica; integrar cualquiera de los Períodos de Formación y
Perseverancia del Movimiento; aceptar todas y cada una de las cláusulas
del presente Estatuto como los demás documentos de Palestra.
CLÁUSULA
QUINTA: Los palestristas, según su edad y etapa de participación en el
Movimiento, pueden ser:
Iniciadores:
Son jóvenes cuya edad se encuentra comprendida entre los 14 y 17 años,
que muestren efectivo interés en integrarse al Movimiento y en tal carácter
asisten con regularidad a las reuniones del Período Iniciador.
Sedimentadores:
Son aquellos jóvenes cuya edad
se encuentra comprendida entre los 17 y los 30 años que participan
activamente en las distintas estructuras y acciones que desarrolla el
Movimiento y que hayan cumplimentado con el Período Motivador. Así, son
sedimentadores los miembros del Secretariado, de las Comunidades, de los
Equipos que conducen los Períodos Iniciador, Motivador y Sedimentador, y
todos aquellos jóvenes que
desarrollan actividades que permanentemente se organizan y realizan en
Palestra.
Asesores: Son aquellas personas mayores de 30 años que
participan activamente de las acciones del Movimiento con el fin de acompañar,
motivar y asesorar a los jóvenes palestristas.
Adherentes:
Son aquellas personas mayores de 30 años que en algún momento tuvieron
participación en el Movimiento y que por diversas razones actualmente no
están participando en las actividades de Palestra, pero que sienten su
pertenencia al Movimiento y a la Iglesia, y de una forma u otra colaboran,
asisten y promueven los objetivos del Movimiento.
Derechos
y Obligaciones de los miembros
Derechos
CLÁUSULA
SEPTIMA: Þ
Todo palestrista tiene derecho a ser escuchado en sus opiniones, las que
deberán ser vertidas a través de los canales de comunicación con que
cuenta el Movimiento. Forma parte de este derecho, la posibilidad de
asistir a reuniones del Secretariado para exponer sus ideas o peticiones
para consideración de los miembros de este órgano de conducción.
-
Podrá participar con voz y voto en asambleas.
-
Podrá solicitar oraciones y ayuda espiritual para soportar momentos de
prueba, de gran dolor o de júbilo.
-
Solicitar con la reunión de un número xxx
de firmas de palestristas, la convocatoria a asamblea extraordinaria para
tratar temas de urgencia en relación con requerimientos propios del
Movimiento o de la Iglesia en general, exponiendo los antecedentes que
fundamentan el pedido para evaluación del Secretariado o en apelación,
del Obispo u Ordinario de la Diócesis.
-
Participar de las actividades que se realicen en los distintos Períodos
del Proceso Educativo, de programas de acción especial o de las tareas
extraordinarias.
Obligaciones
CLÁUSULA
SEXTA: Es obligación para todo integrante del Movimiento Palestra tener pleno
sentido de pertenencia a la Iglesia Católica Apostólica Romana,
obediencia al Papa y al Obispo u Ordinario de la Diócesis, aceptación
del presente Estatuto y responder con disciplina a las decisiones que
adopte el Secretariado Diocesano del Movimiento.
-
Estar integrado al Movimiento a través de comunidades naturales
insertas en las Parroquias y/o sectores.
-
Si por razones de fuerza mayor no pudiera desarrollar activamente tareas
en ellas orar y apoyar sus acciones.
-
Cumplir con las responsabilidades que el Movimiento le asigna para el
desarrollo de sus diferentes programas o tareas.
-
Cumplir asimismo las responsabilidades que en nombre del Movimiento se
asumen frente a demás instituciones o movimientos de la Iglesia o frente
a la Comunidad.
-
Mantener el espíritu fraterno en el seno del Movimiento.
-
Ejercitar la corrección fraterna
-
Perdonar y comprender a los demás miembros del Movimiento, respetando sus
ideas, soportando sus limitaciones y, en definitiva, poniendo en práctica
el Himno a la Caridad (1 Cor 13).
CAPÍTULO
III
Secretariado Diocesano
CLÁUSULA
OCTAVA: El Secretariado
Diocesano es el órgano máximo de conducción del Movimiento Católico
Palestra en la diócesis. Coordina, anima y guía con vocación de
servicio la mística de comunión
y de acción del movimiento. EL mismo tiene carácter consultivo,
representativo, organizativo y ejecutivo.
-
Estará conformado por miembros que desempeñarán los siguientes roles:
Asesor Espiritual; Coordinador; Vocal
de Equipo de Coordinadores; Vocal
Formación y Espiritualidad; Vocal
de Pastoral; Vocal de
Retaguardia y Finanzas; Secretario;
Miembro del Secretariado Nacional;
Asesor/es laicos.
-
El perfil de los miembros del Secretariado deberá ajustarse a estas
características: Testimonio de vida cristiano;
Sentido profundo de pertenencia a la Iglesia;
Espiritualidad cristocéntrica y vocación definida de la mística
y espiritualidad paulina; Capacidad de liderazgo y dirigencia; Equilibrio
emocional, capacidad de relación y de trabajo en equipo.
-
Los requisitos para integrar el Secretariado Diocesano serán los
siguientes: mínimo de tres años de perseverancia en el Período
Sedimentador; experiencia dirigencial y animación apostólica en por lo
menos en un equipo de Período Motivador; conocimiento y vivencia del
Proceso Educativo de Palestra; estar inserto en una comunidad del
Movimiento.
-
La renovación de los miembros será parcial y por mitades. La primera
renovación se realizará a
los dieciocho meses, determinándose por sorteo los miembros del
Secretariado a cambiarse en la primera elección.
-
Los roles de los miembros:
-
Asesor Espiritual: Sacerdote (preferentemente) o religioso
identificado con la mística y espiritualidad del movimiento, que lo guía
y acompaña espiritualmente, velando por la santidad de sus miembros, a
través de los sacramentos, la predicación de la Palabra y la asistencia
espiritual a las comunidades. En la toma de decisiones, tendrá derecho a
voz y voto, y veto en materia doctrinal.
-
Coordinador: Dirigente que coordina, convoca y anima el Secretariado Diocesano del
Movimiento, preside la reuniones del dicho Movimiento y es el responsable
último de que el mismo cumpla con su función específica. En la toma de
decisiones, tendrá derecho a voz y voto.
-
Vocal del Equipo de Coordinadores:
Dirigente que convoca y coordina a todos los responsables y/o
coordinadores de las comunidades, es el representante de este equipo en el
Secretariado Diocesano del Movimiento. En la toma de decisiones, tendrá
derecho a voz y voto.
-
Vocal de Proceso Educativo: Dirigente que convoca y coordina lo atinente al
Proceso Educativo del Movimiento en la diócesis en sus tres etapas (PI,
PM, PS). Conduce y anima la comisión respectiva y trabaja en conexión
con las restante comisiones. En la toma de decisiones, tendrá derecho a
voz y voto.
-
Vocal de Formación y Espiritualidad:
Dirigente que convoca y coordina lo atinente a la formación y
espiritualidad del Movimiento en la diócesis. Conduce y anima la comisión
respectiva. Colabora también con
las comunidades para enriquecer los planes de formación específica de
cada una de ellas. En la toma de decisiones, tendrá derecho a voz y voto.
-
Vocal de Pastoral: Dirigente que convoca y coordina lo atinente a la
integración del Movimiento en la diócesis con los organismos de
Pastoral. Conduce y anima la comisión respectiva y trabaja en conexión
con las restante comisiones. En la toma de decisiones, tendrá derecho a
voz y voto.
-
Vocal de Retaguardia y Finanzas: Dirigente responsable de brindar apoyo
material, humano y espiritual a las actividades planificadas por el
Secretariado Diocesano y de la vida comunitaria del Movimiento. Conduce y
anima la comisión respectiva. En la toma de decisiones, tendrá derecho a
voz y voto.
-
Secretario/a: Dirigente que se ocupa de realizar, llevar y/o mantener actas,
archivos y documentación en general. Es el que difunde las actividades
del Movimiento. En la toma de decisiones, tendrá derecho a voz y voto.
-
Asesores laicos: Laico adulto que se integra con una misión específica
de apoyo y guía para orientar, animar y acompañar en los diversos
aspectos que implica la marcha del Movimiento en la diócesis. En el caso
de toma de decisiones, tendrá derecho a voz.
Funciones
y atribuciones:
-
En primer término detallaremos las funciones
que el Secretariado Diocesano del Movimiento tiene que cumplir, las mismas
son las que se enuncian a continuación:
-
Animar la mística de acción y comunión paulina del Movimiento en la diócesis.
-
Coordinar, animar, orientar la marcha de la comunidad diocesana del
Movimiento.
-
Fomentar y coordinar la mutua ayuda y comunicación de las comunidades
entre sí y las Delegaciones Zonales.
-
Velar por la conservación de nuestra identidad y carisma en cuanto a:
Espiritualidad Paulina, vida comunitaria, formación integral y apostolado
de los palestristas.
-
Atender a situaciones especiales y/o difíciles de las comunidades y
Delegaciones Zonales.
-
Animar la preparación y espíritu de las convocatorias diocesana del
movimiento y velar para que las resoluciones y líneas que surjan de las
mismas se concreten en tiempo y en forma.
-
Promover la formación de nuevas comunidades palestristas en la diócesis.
-
Concientizar a la comunidad diocesana sobre el sentido de pertenencia a la
Iglesia y al Movimiento.
-
Fomentar y mantener las comunicación con el Obispo u Ordinario del
lugar llevando a cabo los lineamientos e iniciativas que de El
emanen.
-
Fomentar y mantener la comunicación e integración con los
organismos diocesanos de pastoral colaborando con los lineamientos
e iniciativas que de ellos emanen.
-
Fomentar y mantener la comunicación con el Secretariado Nacional
colaborando con los lineamientos e iniciativas que de él emanen.
-
Fomentar y mantener la comunicación con los otros secretariados arq/diocesanos
colaborando con las necesidades que los mismos manifiesten.
-
Lo que se transcribe a continuación son las atribuciones
que le corresponden al Secretariado Diocesano del Movimiento:
-
Establecer directivas que permitan impulsar, autorizar o vetar iniciativas
atendiendo a la conservación de la mística y espiritualidad del
Movimiento.
-
Crear canales de participación y apoyar las iniciativas de las
comunidades y delegaciones zonales.
-
Representar al Movimiento ante el Ordinario del lugar o designar
responsable en su caso.
-
Representar al Movimiento ante los organismos eclesiales o designar
responsables en su caso y supervisar que las comunidades y delegaciones
zonales participen en los mismos cuando corresponda.
-
Representar al Movimiento ante organismos públicos o privados o designar
responsables en su caso.
-
Representar a la comunidad diocesana ante el Secretariado Nacional u otros
Secretariados Arq./Diocesanos o designar responsables en su caso.
-
Convocar a las asambleas diocesanas, congresos, encuentros diocesanos de
dirigentes y otros eventos locales del Movimiento designando la temática,
lugar, responsables y duración de los mismos.
-
Supervisar la preparación de los eventos diocesanos del Movimiento, el
espíritu de los mismos, y hacer cumplir las resoluciones y líneas que de
ellos emanen.
-
Convocar a los coordinadores, asesores espirituales y laicos de las
comunidades y delegaciones zonales cuando se considere conveniente y
necesario.
-
Solicitar propuestas de promoción de nuevos dirigentes.
-
Solicitar informes sobre la marcha de las comunidades palestristas y
realizar visitas a las mismas.
-
Nombrar y/o avalar los coordinadores de las comunidades de perseverancia
del interior, siempre teniendo en cuenta las propuestas de las
comunidades.
-
Nombrar los equipos dirigentes de períodos motivadores u otros dirigentes
y responsables eventuales tomando como base las propuestas de las
comunidades, reservándose la facultad de consultar a quienes crea
conveniente.
-
Nombrar y/o avalar los coordinadores de comunidades de perseverancia,
teniendo en cuenta las propuestas de las respectivas comunidades.
-
Tomar parte, autorizar o postergar la fundación de nuevas comunidades
palestristas.
-
Definir y decidir frente a situaciones difíciles y/o especiales de las
comunidades, delegaciones zonales y de los equipos de los Periodos
Motivadores.
CAPÍTULO
IV
Duración de los Miembros:
El
tiempo de duración del mandato de los miembros del Secretariado Diocesano
será de tres años (3 años), con posiblidad de reelección.
Mecanismos de elección del Secretariado
Diocesano
Los
miembros del Secretariado serán elegidos por una asamblea especialmente
convocada para este fin. En su transcurso se irán mencionando cada uno de
los roles a cubrir y los nombres de los palestristas propuestos para
desempeñar los mismos. Cada asambleísta emitirá su voto secreto y la
elección será a simple pluralidad. El Secretariado elegido será puesto
a consideración del Obispo u Ordinario del lugar para su aval.
La
elección será precedida por un tiempo de difusión de: perfil,
requisitos, características del rol y de un clima de reflexión y de
oración.
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