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Estatuto
Principal

ESTATUTO DEL MOVIMIENTO 
EN LA DIÓCESIS DE CATAMARCA

CAPÍTULO I

Denominación y Definición

Denominación

CLÁUSULA PRIMERA: Movimiento Católico Palestra. La mística de este Movimiento, está basada en la vida del apóstol San Pablo; toma su nombre y se inspira en el contenido de la palabra “Palestra”, de origen griego que designaba el estadio donde se realizaban los Juegos Olímpicos. San Pablo compara la vida y la lucha del cristiano en estos términos: “¿No saben que en las carreras del estadio -Palestra- todos corren mas sólo uno recibe el premio?. ¡ Corran de manera que lo consigan!” (1 Cor 9,24)

Definición

CLÁUSULA SEGUNDA: Palestra es un Movimiento Católico que busca la promoción, concientización y formación de jóvenes líderes y dirigentes evangélicos, que fortalecidos en una constante vivencia eclesial de Cristo, participen en la Misión de la Iglesia.

El espíritu palestrista busca la liberación del hombre y la liberación de todos los hombres, basado en el pensamiento de la Biblia, en la mística de San Pablo y en el entusiasmo creador de la juventud.

CAPÍTULO II

Miembros que lo componen

CLÁUSULA TERCERA:  Son integrantes del Movimiento, todas las personas que asistan al Período Iniciador o las que hayan participado de un Período Motivador y que se identifiquen con el carisma y la espiritualidad de San Pablo Apóstol.

CLÁUSULA CUARTA: Son requisitos para su admisión ser bautizados y profesar la Fe católica; integrar cualquiera de los Períodos de Formación y Perseverancia del Movimiento; aceptar todas y cada una de las cláusulas del presente Estatuto como los demás documentos de Palestra.

CLÁUSULA QUINTA: Los palestristas, según su edad y etapa de participación en el Movimiento, pueden ser:

Iniciadores: Son jóvenes cuya edad se encuentra comprendida entre los 14 y 17 años, que muestren efectivo interés en integrarse al Movimiento y en tal carácter asisten con regularidad a las reuniones del Período Iniciador.

Sedimentadores: Son aquellos jóvenes cuya edad se encuentra comprendida entre los 17 y los 30 años que participan activamente en las distintas estructuras y acciones que desarrolla el Movimiento y que hayan cumplimentado con el Período Motivador. Así, son sedimentadores los miembros del Secretariado, de las Comunidades, de los Equipos que conducen los Períodos Iniciador, Motivador y Sedimentador, y todos aquellos jóvenes que desarrollan actividades que permanentemente se organizan y realizan en Palestra.

 Asesores: Son aquellas personas mayores de 30 años que participan activamente de las acciones del Movimiento con el fin de acompañar, motivar y asesorar a los jóvenes palestristas.

Adherentes: Son aquellas personas mayores de 30 años que en algún momento tuvieron participación en el Movimiento y que por diversas razones actualmente no están participando en las actividades de Palestra, pero que sienten su pertenencia al Movimiento y a la Iglesia, y de una forma u otra colaboran, asisten y promueven los objetivos del Movimiento.

   Derechos y Obligaciones de los miembros

Derechos

CLÁUSULA SEPTIMA: Þ Todo palestrista tiene derecho a ser escuchado en sus opiniones, las que deberán ser vertidas a través de los canales de comunicación con que cuenta el Movimiento. Forma parte de este derecho, la posibilidad de asistir a reuniones del Secretariado para exponer sus ideas o peticiones para consideración de los miembros de este órgano de conducción.

  • Podrá participar con voz y voto en asambleas.

  • Podrá solicitar oraciones y ayuda espiritual para soportar momentos de prueba, de gran dolor o de júbilo.

  • Solicitar con la reunión de un número xxx de firmas de palestristas, la convocatoria a asamblea extraordinaria para tratar temas de urgencia en relación con requerimientos propios del Movimiento o de la Iglesia en general, exponiendo los antecedentes que fundamentan el pedido para evaluación del Secretariado o en apelación, del Obispo u Ordinario de la Diócesis.

  • Participar de las actividades que se realicen en los distintos Períodos del Proceso Educativo, de programas de acción especial o de las tareas extraordinarias.

Obligaciones

CLÁUSULA SEXTA: Es obligación para todo integrante del Movimiento Palestra tener pleno sentido de pertenencia a la Iglesia Católica Apostólica Romana, obediencia al Papa y al Obispo u Ordinario de la Diócesis, aceptación del presente Estatuto y responder con disciplina a las decisiones que adopte el Secretariado Diocesano del Movimiento.

  • Estar integrado al Movimiento a través de comunidades naturales  insertas en las Parroquias y/o sectores.

  • Si por razones de fuerza mayor no pudiera desarrollar activamente tareas en ellas orar y apoyar sus acciones.

  • Cumplir con las responsabilidades que el Movimiento le asigna para el desarrollo de sus diferentes programas o tareas.

  • Cumplir asimismo las responsabilidades que en nombre del Movimiento se asumen frente a demás instituciones o movimientos de la Iglesia o frente a la Comunidad.

  • Mantener el espíritu fraterno en el seno del Movimiento.

  • Ejercitar la corrección fraterna

  • Perdonar y comprender a los demás miembros del Movimiento, respetando sus ideas, soportando sus limitaciones y, en definitiva, poniendo en práctica el Himno a la Caridad (1 Cor 13).

CAPÍTULO III

Secretariado Diocesano

CLÁUSULA OCTAVA:  El Secretariado Diocesano es el órgano máximo de conducción del Movimiento Católico Palestra en la diócesis. Coordina, anima y guía con vocación de servicio la mística de comunión y de acción del movimiento. EL mismo tiene carácter consultivo, representativo, organizativo y ejecutivo.

  • Estará conformado por miembros que desempeñarán los siguientes roles: Asesor Espiritual; Coordinador;  Vocal de Equipo de Coordinadores;  Vocal Formación y Espiritualidad;  Vocal de Pastoral;  Vocal de Retaguardia y Finanzas;  Secretario;  Miembro del Secretariado Nacional;  Asesor/es laicos.

  • El perfil de los miembros del Secretariado deberá ajustarse a estas características: Testimonio de vida cristiano;  Sentido profundo de pertenencia a la Iglesia;  Espiritualidad cristocéntrica y vocación definida de la mística y espiritualidad paulina; Capacidad de liderazgo y dirigencia; Equilibrio emocional, capacidad de relación y de trabajo en equipo.

  • Los requisitos para integrar el Secretariado Diocesano serán los siguientes: mínimo de tres años de perseverancia en el Período Sedimentador; experiencia dirigencial y animación apostólica en por lo menos en un equipo de Período Motivador; conocimiento y vivencia del Proceso Educativo de Palestra; estar inserto en una comunidad del Movimiento.

  • La renovación de los miembros será parcial y por mitades. La primera renovación  se realizará a los dieciocho meses, determinándose por sorteo los miembros del Secretariado a cambiarse en la primera elección.

  • Los roles de los miembros:

    • Asesor Espiritual: Sacerdote (preferentemente) o religioso identificado con la mística y espiritualidad del movimiento, que lo guía y acompaña espiritualmente, velando por la santidad de sus miembros, a través de los sacramentos, la predicación de la Palabra y la asistencia espiritual a las comunidades. En la toma de decisiones, tendrá derecho a voz y voto, y veto en materia doctrinal.

    • Coordinador: Dirigente que coordina, convoca y anima el Secretariado Diocesano del Movimiento, preside la reuniones del dicho Movimiento y es el responsable último de que el mismo cumpla con su función específica. En la toma de decisiones, tendrá derecho a voz y voto.

    • Vocal del Equipo de Coordinadores: Dirigente que convoca y coordina a todos los responsables y/o coordinadores de las comunidades, es el representante de este equipo en el Secretariado Diocesano del Movimiento. En la toma de decisiones, tendrá derecho a voz y voto.

    • Vocal de Proceso Educativo: Dirigente que convoca y coordina lo atinente al Proceso Educativo del Movimiento en la diócesis en sus tres etapas (PI, PM, PS). Conduce y anima la comisión respectiva y trabaja en conexión con las restante comisiones. En la toma de decisiones, tendrá derecho a voz y voto.

    • Vocal de Formación y Espiritualidad: Dirigente que convoca y coordina lo atinente a la formación y espiritualidad  del Movimiento en la diócesis. Conduce y anima la comisión respectiva. Colabora también  con las comunidades para enriquecer los planes de formación específica de cada una de ellas. En la toma de decisiones, tendrá derecho a voz y voto.

    • Vocal de Pastoral: Dirigente que convoca y coordina lo atinente a la integración del Movimiento en la diócesis con los organismos de Pastoral. Conduce y anima la comisión respectiva y trabaja en conexión con las restante comisiones. En la toma de decisiones, tendrá derecho a voz y voto.

    • Vocal de Retaguardia y Finanzas: Dirigente responsable de brindar apoyo material, humano y espiritual a las actividades planificadas por el Secretariado Diocesano y de la vida comunitaria del Movimiento. Conduce y anima la comisión respectiva. En la toma de decisiones, tendrá derecho a voz y voto.

    • Secretario/a: Dirigente que se ocupa de realizar, llevar y/o mantener actas, archivos y documentación en general. Es el que difunde las actividades del Movimiento. En la toma de decisiones, tendrá derecho a voz y voto.

    • Asesores laicos: Laico adulto que se integra con una misión específica de apoyo y guía para orientar, animar y acompañar en los diversos aspectos que implica la marcha del Movimiento en la diócesis. En el caso de toma de decisiones, tendrá derecho a voz.

Funciones y atribuciones:

  • En primer término detallaremos las funciones que el Secretariado Diocesano del Movimiento tiene que cumplir, las mismas son las que se enuncian a continuación:

    • Animar la mística de acción y comunión paulina del Movimiento en la diócesis.

    • Coordinar, animar, orientar la marcha de la comunidad diocesana del Movimiento.

    • Fomentar y coordinar la mutua ayuda y comunicación de las comunidades entre sí y las Delegaciones Zonales.

    • Velar por la conservación de nuestra identidad y carisma en cuanto a: Espiritualidad Paulina, vida comunitaria, formación integral y apostolado de los palestristas.

    • Atender a situaciones especiales y/o difíciles de las comunidades y Delegaciones Zonales.

    • Animar la preparación y espíritu de las convocatorias diocesana del movimiento y velar para que las resoluciones y líneas que surjan de las mismas se concreten en tiempo y en forma.

    • Promover la formación de nuevas comunidades palestristas en la diócesis.

    • Concientizar a la comunidad diocesana sobre el sentido de pertenencia a la Iglesia y al Movimiento.

    • Fomentar y mantener las comunicación con el Obispo u Ordinario del  lugar llevando a cabo los lineamientos e iniciativas que de El emanen.

    • Fomentar y mantener la comunicación e integración con los  organismos diocesanos de pastoral colaborando con los lineamientos e iniciativas que de ellos emanen.

    • Fomentar y mantener la comunicación con el Secretariado Nacional colaborando con los lineamientos e iniciativas que de él emanen.

    • Fomentar y mantener la comunicación con los otros secretariados arq/diocesanos colaborando con las necesidades que los mismos manifiesten.

  • Lo que se transcribe a continuación son las atribuciones que le corresponden al Secretariado Diocesano del Movimiento:

    • Establecer directivas que permitan impulsar, autorizar o vetar iniciativas atendiendo a la conservación de la mística y espiritualidad del Movimiento.

    • Crear canales de participación y apoyar las iniciativas de las comunidades y delegaciones zonales.

    • Representar al Movimiento ante el Ordinario del lugar o designar responsable en su caso.

    • Representar al Movimiento ante los organismos eclesiales o designar responsables en su caso y supervisar que las comunidades y delegaciones zonales participen en los mismos cuando corresponda.

    • Representar al Movimiento ante organismos públicos o privados o designar responsables en su caso.

    • Representar a la comunidad diocesana ante el Secretariado Nacional u otros Secretariados Arq./Diocesanos o designar responsables en su caso.

    • Convocar a las asambleas diocesanas, congresos, encuentros diocesanos de dirigentes y otros eventos locales del Movimiento designando la temática, lugar, responsables y duración de los mismos.

    • Supervisar la preparación de los eventos diocesanos del Movimiento, el espíritu de los mismos, y hacer cumplir las resoluciones y líneas que de ellos emanen.

    • Convocar a los coordinadores, asesores espirituales y laicos de las comunidades y delegaciones zonales cuando se considere conveniente y necesario.

    • Solicitar propuestas de promoción de nuevos dirigentes.

    • Solicitar informes sobre la marcha de las comunidades palestristas y realizar visitas a las mismas.

    • Nombrar y/o avalar los coordinadores de las comunidades de perseverancia del interior, siempre teniendo en cuenta las propuestas de las comunidades.

    • Nombrar los equipos dirigentes de períodos motivadores u otros dirigentes y responsables eventuales tomando como base las propuestas de las comunidades, reservándose la facultad de consultar a quienes crea conveniente.

    • Nombrar y/o avalar los coordinadores de comunidades de perseverancia, teniendo en cuenta las propuestas de las respectivas comunidades.

    • Tomar parte, autorizar o postergar la fundación de nuevas comunidades palestristas.

    • Definir y decidir frente a situaciones difíciles y/o especiales de las comunidades, delegaciones zonales y de los equipos de los Periodos Motivadores.

CAPÍTULO IV

Duración de los Miembros:

El tiempo de duración del mandato de los miembros del Secretariado Diocesano será de tres años (3 años), con posiblidad de reelección.

Mecanismos de elección del Secretariado Diocesano

Los miembros del Secretariado serán elegidos por una asamblea especialmente convocada para este fin. En su transcurso se irán mencionando cada uno de los roles a cubrir y los nombres de los palestristas propuestos para desempeñar los mismos. Cada asambleísta emitirá su voto secreto y la elección será a simple pluralidad. El Secretariado elegido será puesto a consideración del Obispo u Ordinario del lugar para su aval.

La elección será precedida por un tiempo de difusión de: perfil, requisitos, características del rol y de un clima de reflexión y de oración.

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